Solicitud Cambio Sitio de Pago
Si desea actualizar la entidad financiera para el cobro de su Mesada Pensional, le indicamos lo siguiente:
- Tenga en cuenta las observaciones para la apertura de cuenta registradas en el campo Red de pagos.
- Las entidades financieras son las encargadas de reportarnos la nueva cuenta para el pago de su pensión.
Pago a Pensionados con personas de Apoyo Judicial
Los apoyos de los que trata la Ley 1996 de agosto de 2019, son tipos de asistencia que se prestan a la persona con discapacidad para facilitar el ejercicio de su capacidad legal.
El pago de las mesadas pensionales se realiza a favor de quien adquiere el estatus de pensionado; por lo tanto, es necesario aperturar una cuenta a nombre del pensionado, presentando los siguientes documentos en la entidad financiera:
- Fotocopia del Documento expedido por el ente de control competente quien lo designa como persona de apoyo Judicial.
- Fotocopia de la cédula del pensionado.
- Documento original de la persona designada como apoyo Judicial.
Pago a Pensionados Menores a través de Representantes
Si usted es designado como representante de un pensionado menor de edad y va a realizar el cobro de las mesadas pensionales, tenga en cuenta la siguiente información:
El pago de las mesadas pensionales se realiza a favor de quien adquiere el estatus de pensionado, por lo tanto, es necesario aperturar una cuenta a nombre del menor, presentando los siguientes documentos en la entidad financiera:
- Fotocopia del Acto Administrativo (Auto o Resolución) por medio de la cual se le reconoció la pensión al menor, así como su designación como representante del menor de edad.
- Fotocopia y presentación en original del documento de identidad del pensionado, menor de edad.
- Fotocopia y presentación en original de la cédula de ciudadanía del representante.